viernes, 12 de febrero de 2010

jueves, 19 de noviembre de 2009

jueves 19 de nov de 2009

MATRIZ DOFA

FORTALEZAS:
creo que en este curso hubieron muchas fortalezas como conocer la elaboracion de u periodico y todo lo que esto lleva...$$$... tambien lo que aprendimos con la documentacion durante el curso, como las entrevistas y las fuentes.
algo de lo que aprendi mucho fue la investigacion periodistica y la reporteria que tuve que hacer con mi articulo para el sextante; fue un proceso que me dejo muchas enseñanzas como intentar tomar buenas fotografias, confrontar fuentes y redactar el articulo.

DEBILIDADES:
creo que tuve algunas debilidades unas mas fuertes que otras como algunos informes que no hize, y con la elaboracion del articulo tuve algunas debilidades como que algunas fuentes no querian hablar del tema.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

12 de nov de 2009

en la clase de hoy se realizo el gran examen que trataba de todo lo que debimos aprender en el curso de preoduccion de prensa. en el examen se trataron temas como los distintos documentos que leimos durante el curso.

jueves, 5 de noviembre de 2009

nov 5 de 2009

en la clase de hoy se revisaron los articulos de opinion y yo no traje el mio. para la proxima clase es posible que se haga un examen general de todo lo que se ha visto en el curso.

el 19 y 26 de nov se realizara la revision del portafolio y se dara la nota final... :(

la mayoria de compañeros leyeron sus analisis luego alexander nos puso a leer un informe del istituto de prensa...
tambien hubieron exposiciones
1. le figaro.
2. el pais.
3.el timpo.
4.the new york time

miércoles, 4 de noviembre de 2009

principios partido liberal colombiano.





Titulo I. Deficiniciones y principios



ARTICULO PRELIMINAR
EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL PARAGRAFO TRANSITORIO DEL ARTÍCULO 44 DE LA LEY 130 DE 1994, SE TIENE COMO CODIGO DE ETICA DEL PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, LA SIGUIENTE CODIFICACION DISCIPLINARIA:
TITULO IDEFINICIONES Y PRINCIPIOS


ARTICULO 1. OBJETO DEL CÓDIGO DISCIPLINARIO. El presente Código Disciplinario le permite al Partido Liberal, dirigir y actuar sujeto a normas disciplinarias, con el fin de propender por la consolidación de la moral pública y la ética política.


ARTICULO 2. TITULARIDAD DE LA ACCION DISCIPLINARIA. El Partido Liberal Colombiano es el titular de la potestad disciplinaria y la ejercerá a través del Tribunal Nacional Disciplinario y los Tribunales Seccionales Disciplinarios.


ARTICULO 3. DESTINATARIOS DEL CÓDIGO DISCIPLINARIO. El presente Código Disciplinario, se aplicará a las personas que tengan la condición de miembros afiliados al Partido Liberal Colombiano, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos.


ARTICULO 4. LEGALIDAD. El afiliado sólo podrá ser investigado y sancionado disciplinariamente por aquellas conductas previstas como faltas disciplinarias en el presente Código y en las disposiciones legales.


ARTICULO 5. DEBIDO PROCESO. La garantía constitucional del debido proceso se aplica en todas las actuaciones previstas en este Código.


ARTICULO 6. RESOLUCION DE LA DUDA. En las investigaciones que se adelanten a los afiliados, toda duda ha de resolverse a su favor cuando no haya modo de eliminarla.


ARTICULO 7. PRESUNCION DE INOCENCIA. El afiliado a quien se adelante investigación disciplinaria, se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante fallo ejecutoriado.


ARTICULO 8. COSA JUZGADA. El afiliado no podrá ser juzgado más de una vez por un mismo comportamiento resuelto con anterioridad, aun cuando a éste se le dé una denominación distinta.


ARTICULO 9. CULPABILIDAD. En el proceso disciplinario queda proscrita toda forma de responsabilidad objetiva y las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa.


ARTICULO 10. FAVORABILIDAD. En las investigaciones disciplinarias que se adelanten contra los afiliados, la ley permisiva o favorable se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.


ARTICULO 11. IGUALDAD. Las garantías y el trato de las autoridades disciplinarias serán iguales para todos los destinatarios del Código Disciplinario, sin discriminación alguna.


ARTICULO 12. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA. Todo miembro afiliado al Partido Liberal, en desarrollo del proceso disciplinario, será tratado con el respeto debido a la dignidad humana.


ARTICULO 13. PRINCIPIO DE INTERPRETACION. En la interpretación y aplicación del Código Disciplinario del Partido Liberal Colombiano, debe tenerse presente que su propósito es el logro de los fines contenidos en sus principios ideológicos y programáticos, en sus Estatutos y en la protección de los derechos y garantías consagrados a favor de sus destinatarios.


ARTICULO 14. PREVALENCIA DE LOS PRINCIPIOS RECTORES. En la interpretación y aplicación del régimen disciplinario, prevalecerán los principios rectores y las garantías que se determinen en este Código, en los Estatutos del Partido Liberal Colombiano, en la Constitución Política y en las leyes.

principios del partido conservador colombiano



ARTÍCULO 3.- Son principios rectores de la organización
del Partido:


1. Garantizar la real y efectiva democracia interna.
2. Consultar, acoger y expresar la voluntad popular en la
formulación de las políticas públicas.
3. Promover la participación de la juventud, la mujer y las
minorías.
4. Otorgar autonomía a las organizaciones departamentales,
distritales y municipales.
5. Reconocer y aceptar matices o tendencias dentro del Partido,
con sujeción a los Estatutos y total acatamiento a la
institucionalidad.
6. Asegurar la transparencia en la aplicación y práctica de
los Estatutos.

prensa amarillista o sensacionalista


The Yellow KidEl Chico Amarillo.


Prensa amarilla o prensa amarillista es aquel tipo de prensa sensacionalista que incluye titulares de catástrofes y gran número de fotografías con información detallada acerca de accidentes, crímenes, adulterios y enredos políticos. En los países de lengua inglesa, estos noticieros se llaman «tabloides» porque suelen tener un formato menor que el usual de periódicos serios.
El término se originó durante la "batalla periodística" entre el diario New York World, de Joseph Pulitzer, y el New York Journal, de William Randolph Hearst, de 1895 a 1898, y se puede referir específicamente a esa época.
tomado de wikipedia